InicioDestacadoPolíticaGuinea Ecuatorial obtiene una sentencia favorable en París contra Yves Michel Fotso

Guinea Ecuatorial obtiene una sentencia favorable en París contra Yves Michel Fotso

Un giro drástico de los acontecimientos tras demandas formuladas por los Abogados del Estado en París en el caso del Grupo FOTSO y Comercial Bank of Camerún, permite a Guinea Ecuatorial no seguir realizando pagos a favor de Yves Michel FOTSO, empresario camerunés.

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La Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Paris ha dado razón a Guinea Ecuatorial en el caso que le enfrentaba al Grupo FOTSO sobre el tema de la constitución de la Sociedad Mercantil Comercial Bank Guinea Ecuatorial S.A (CBGE).

El empresario camerunés que se presenta como parte recurrida en la que exigía de Guinea Ecuatorial el pago de una indemnización de 72 millones de euros, por los supuestos incumplimientos constatados en los acuerdos comerciales suscritos por las partes, según recoge la resolución de la Corte. “El litigio tiene su origen en el proyecto de implantación en Guinea Ecuatorial de un Banco Comercial de Guinea Ecuatorial (BCGE) representado por FOTSO, situación que dio lugar a un primer procedimiento de arbitraje que se concluyó con la condena de Guinea Ecuatorial a raíz del laudo arbitral dictado en Libreville, el 24 de mayo de 2009”.

Esta Resolución no ejecutada dio lugar a la firma de un protocolo transaccional el 17 de diciembre de 2012 entre FOTSO, CBGE y la República de Guinea Ecuatorial, obligando a nuestro país a comprometerse a pagar 30 millones de euros y sólo abonó la mitad de esta cantidad adeudada.

Con el paso del tiempo y con la idea de exigir el cumplimiento del acuerdo total, el empresario camerunés recurre ante la Jurisdicción Ordinaria francesa para exigir el cumplimiento del acuerdo extrajudicial en donde a Guinea Ecuatorial se le embarga propiedades, cuentas bancarias y bienes.

Ante esta situación, la representación ecuatoguineana encabezada por el letrado Jean Charles Tchikaya acompañado de los abogados ecuatoguineanos Francisco Evuy Nguema y Francisco Moro Nve recurren ante la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Paris (La Cort), alegando que se le había pagado más de la cuenta y quería cobrar doble, además el caso en cuestión todavía estaba en fase de disolución y liquidación judicial y que no se había agotado la vía judicial interna en interponer recursos para impugnar las resoluciones dictadas al efecto.

Con lo cual, la Abogacía del Estado alegó ante la Corte que FOTSO había recurrido ante la Corte Internacional de la OHADA en Costa de Marfil sin haber agotado la vía interna que termina ante la Audiencia Provincial de Estado miembro. La actuación hecha mediante una personación ante este máximo órgano del que se hacía ver la falta de competencia jurisdiccional del mismo al no haber agotado el demandante la vía judicial del Estado Ecuatoguineano.

Tras cerca de cinco años de litigio, por fin la Corte de la OHADA ha desestimado el recurso interpuesto por el Grupo FOTSO. Con lo cual,  el demandante debería agotar la vía judicial interna en Guinea Ecuatorial como lo establece la Ley Orgánica del Poder Judicial y el tratado constitucional de la OHADA tal y como lo exigía la representación letrada ecuatoguineana.

Durante el procedimiento arbitral, Guinea Ecuatorial impugnó la legitimación de las demandantes en París alegando que “Comercial Bank Guinea Ecuatorial estaba en liquidación, según las sentencias ecuatoguineanas dictadas por el Juzgado de Malabo el 12 de febrero de 2016, por lo que, el Banco Comercial sólo podía estar representado por su liquidador y no por el señor Cédricx Fotso que es hijo de Yves Michel FOTSO”, asegura el Letrado Francisco Evuy Nguema Mikue.

La Abogacía del Estado asegura que se trata pues de un éxito por conseguir dos resoluciones en pro de Guinea: Una arbitral en París y otra en Costa de Marfil en la CCJA de la OHADA, que pusieran fin al protocolo de pago a favor del entorno de FOTSO e incluso recuperar parte del dinero que se les había abonado, así como recobrar los embargos que le practicaron en París, ya que mediante convención de portage se concluyó en el Juzgado de Malabo que solo habían 2 socios, es decir, Comercial Bank Camerún y Guinea Ecuatorial, los cuales aportaron el capital fundacional de la fracasada sociedad.