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Seguridad publica requisitos para la tramitación de residencias de los extranjeros en Guinea Ecuatorial

Ha sido mediante una Orden Ministerial sancionada este 2 de diciembre. Se trata de requisitos para obtener el documento de residencia, primera expedición y renovación, y la prórroga de visado o permanencia.

Revista Real EG

En una reunión desarrollada el pasado 16 de noviembre entre el cuerpo diplomático y consular acreditado en Guinea Ecuatorial y el Ministro de Asuntos Exteriores y Cooperación Simeón Oyono Esono Angué, éste dejó claro a sus interlocutores que los expatriados indocumentados deberán regularizar su situación en el país en un plazo de tres meses.

Un periodo que el gobierno ecuatoguineano consideró que era de gracia y que sería en principio suficiente para que los extranjeros que se encuentran en situación ilegal en el país puedan disponer de la documentación legalmente establecida.

En este marco, el Ministerio de Seguridad Nacional ha sancionado este 2 de diciembre una Orden Ministerial con el número 1/2021 donde establece los requisitos para obtener el documento de residencia y la prórroga de visado o permanencia por parte de los extranjeros residentes en Guinea Ecuatorial, una medida que no afecta a aquellos extranjeros que no entraron en el país de forma legal, es decir, que lo hicieron por los puertos fronterizos no reconocidos.

Así pues, los extranjeros que se encuentren en el país y que entraron de manera ilegal no podrán efectuar las primeras expediciones ni renovaciones de la residencia o permanencia. Por lo que deberán regresar a sus países de origen y efectuar las debidas formalidades ante la embajada o consulado de Guinea Ecuatorial acreditado en su país y así entrar en el país por los puertos fronterizos reconocidos y se les estampe el correspondiente sello y demás formalidades de las autoridades fronterizas.

Requisitos para la obtención de Residencias

1. Para la primera expedición:

  • Instancia de solicitud dirigida al Ministro de Estado, encargado de Seguridad Nacional,
  • 3 fotos tamaño carné, recientes con fondo blanco,
  • Pasaporte en vigor con un visado y sello de entrada del puerto fronterizo por el que accedió al país,
  • Carné de empadronamiento,
  • Permiso de trabajo emitido por el Ministerio competente,
  • Una permanencia previa o prórroga emitido por el Ministerio de Seguridad Nacional a través de su Dirección General de Extranjería y Fronteras,
  • Certificado de buena conducta emitido por la comunidad de vecinos o consejo de poblados donde reside,
  • Autorización gubernativa o NIF para las personas jurídicas,
  • Solvencia tributaria para las personas jurídicas,
  • Cédula personal para personas físicas,
  • Antecedentes penales del país de procedencia, y
  • Atestación bancaria de uno de los bancos locales o una tarjeta visa internacional.

2. Para la Renovación:

  • Instancia dirigida al Ministro de Estado, encargado de Seguridad Nacional,
  • 3 fotos tamaño carné, recientes con fondo blanco,
  • Fotocopia de la residencia anterior con presentación del origen,
  • Certificado de buena conducta expedido por el consejo de poblado o comunidad de vecinos donde reside,
  • Carné de empadronamiento,
  • Permiso de trabajo emitido por el Ministerio competente,
  • Autorización gubernativa o NIF para personas jurídicas,
  • Solvencia tributaria para personas jurídicas,
  • Cédula personal para personas físicas,
  • Antecedentes penales del país emitido por el Ministerio de Justicia, Culto e Instituciones Penitenciarias, y
  • Atestación bancaria de uno de los bancos locales o una tarjeta visa internacional

Requisitos para la prórroga de Visado o Permanencia:

  • Instancia dirigida al Ministro de Estado, encargado de Seguridad Nacional,
  • Tener un visado de entrada válido,
  • Tener un pasaporte válido que se adjuntará a la solicitud de la instancia, y
  • Tener un visado de entrada a Guinea Ecuatorial de larga duración, superior a 90 días.

Por otra parte, se insta a las personas físicas y jurídicas nacionales o extranjeras no realizar acuerdos con extranjeros sin haberse asegurado que están regularmente en el país, sea para contratos laborales o contratos de arrendamiento.

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