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Llega la “Cartilla Única de Vehículos” en Guinea Ecuatorial y se acabó ‘hacer el taxi’ en los diferentes ministerios y ayuntamientos

Se trata del “único documento oficial que habilita la circulación de todos los vehículos en las vías públicas del territorio nacional”, así lo establece el Decreto 163/2021 del 20 de diciembre.

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Que los ciudadanos vuelvan a ir de ministerio en ministerio o buscando dónde queda el ayuntamiento para realizar la documentación anual de los vehículos para poder circular por las vías públicas ya es un cuento de hadas. Al menos sobre papel ya es una historia de ficción, puesto que el Decreto nº163/2021, de fecha 20 de diciembre, crea la Oficina Única de Tramitación de Documentación de Vehículos en la República de Guinea Ecuatorial.

En esta Oficina se realizarán todos los documentos que necesita un vehículo para circular en las carreteras, los cuales se agruparán en uno solo llamado la Cartilla Única de Vehículos (CUVE) que es “el único documento oficial que habilita la circulación de todos los vehículos en las vías públicas del territorio nacional”.

Esta Cartilla Única de Vehículos contendrá cuando se expida por primera vez los siguientes documentos: Desembarque, Desplazamiento, Autorización de importación, D3, El Permiso De Circulación, La Inspección Técnica De Vehículos, El patente, La Tasa De Rodaje Municipal De Vehículos y La Tarjeta De Autorización De Transporte.

Cuando se realice la renovación de la Cartilla Única, ésta contendrá solamente: El Permiso de Circulación, la Inspección Técnica de Vehículos, el patente, la Tasa de Rodaje Municipal de Vehículos y la Tarjeta de Autorización De Transporte.

“La vigencia de esta Cartilla Única de Vehículos es la misma que la Inspección Técnica de Vehículos”, salvo si esta vigencia es inferior a un año, en este caso la persona solo deberá renovar la ITV, mientras que el resto de aspectos de la Cartilla Única se mantendrán vigentes. Y si la vigencia es superior o igual a un año, pues el administrado puede elegir entre renovar con periodicidad anual el resto de conceptos o renovar con periodicidad igual a la vigencia de la ITV.

Según establece el artículo 18 de este Decreto 163/2021, los requisitos o la documentación a presentar para solicitar la Cartilla Única de Vehículos son los que se indican a continuación:

Para la primera expedición:

  • Impreso de solicitud dirigido a la Oficina Única de Tramitación de Documentación de Vehículos;
  • DIP, pasaporte o carné de Residencia del interesado;
  • Certificado de importación del vehículo;
  • Carta Gris (tarjeta ITV del país de origen en vigor)

Para la renovación:

  • Impreso de solicitud dirigido a la Oficina Única de Tramitación de Documentación de Vehículos;
  • DIP, pasaporte o carné de Residencia del interesado;
  • Cartilla Única de Vehículo anterior.

Para la duplicidad o extravío:

  • Impreso de solicitud dirigido a la Oficina Única de Tramitación de Documentación de Vehículos;
  • DIP, pasaporte o carné de Residencia del interesado;
  • Certificado de Extravío expedido por la Policía Nacional.

Para la transferencia de vehículos:

  • Impreso de solicitud dirigido a la Oficina Única de Tramitación de Documentación de Vehículos;
  • Contrato de compraventa;
  • DIP, pasaporte o carné de residencia del propietario anterior;
  • DIP, pasaporte o carné de residencia del actual propietario;
  • Cartilla Única del Vehículo.

Para la baja del vehículo:

  • Impreso de solicitud dirigido a la Oficina Única de Tramitación de Documentación de Vehículos;
  • DIP, pasaporte o carné de Residencia del interesado.

El texto también indica que una persona puede realizar estos trámites por otra, pero para ello la primera debe presentarse, además de los requisitos establecidos, “con su DIP, pasaporte o Permiso de residencia y una autorización firmada por el propietario”.

Otra gran ventaja que aporta esta nueva estructura es que se deja atrás el hecho de ir recogiendo varias notas de ingreso para efectuar el pago de cada documento. Sólo habrá lógicamente una Carta Única de Pago para obtener el CUVE. Se realiza el pago al fisco de todo mediante una sola nota de ingreso, algo que será mucho más fácil al disponer la Oficina Única de una Unidad de banco donde estarán representantes de los bancos comerciales del país.

El Decreto deja claro también que el interesado, una vez haya recibido la nota sobre lo que debe pagar mediante esta Carta Única de Pago, dispondrá un plazo máximo de 72 horas hábiles para efectuar el pago a la cuenta o cuentas a nombres del Tesorero Público. En caso contrario, se entiende que renuncia al trámite y deberá reiniciar formalmente el proceso.

Aunque no se ha establecido todavía claramente cuánto será la bajada de las tasas que pagamos actualmente para la renovación de la documentación del vehículo, pero el Decreto en su artículo 21 determina que, “para dar cumplimiento al objetivo de capturar el mayor número de interesados y que éstos circulen por las vías públicas con la documentación en regla, se establece a la baja los importes de las tasas referentes a la documentación de vehículos recogidas en la ley número 10/2017, de fecha 16 d mayo, por la que se establecen nuevas tasas Fiscales y se definen las exacciones parafiscales de la República de Guinea Ecuatorial”.

Según la disposición adicional tercera del Decreto “la Oficina Única de Tramitación de Documentación de Vehículos se ubicará en las dependencias de la Tesorería General del Estado, con independencia de los servicios técnicos físicos de la ITV”.

Existirá colaboración entre la Oficina Única de Documentación de Vehículos para la emisión de la CUVE y los departamentos ministeriales involucrados en la expedición de los documentos de los vehículos como son los ministerios de Hacienda, Economía y Planificación, Interior y Corporaciones Locales, el de Transportes, Correos y Telecomunicaciones, Así como con las Corporaciones Locales, entre otros.

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