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Se prohíbe a Comercial Santy importar y vender cualquier tipo de producto alimenticio en Guinea Ecuatorial

Ha sido a través de una Orden Ministerial sancionada por el Ministerio de Comercio, días después de la Sentencia recaída sobre el caso de manipulación de productos caducados de esta firma

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La opinión pública ecuatoguineana se dividió en el momento que la Audiencia Provincia de Litoral publicó la sentencia del sobre expediente donde se acusaba a la firma Comercial Santy de varios delitos relacionados contra la salud pública por la venta de productos caducados o nocivos para la salud de los ciudadanos.

La sentencia pronunciada recogía una multa total de 411.400.000 XAF a abonar al Tesoro Público y la destrucción de los productos confiscados y las máquinas que habría utilizado Comercial Santy para alterar las fechas de caducidad de los productos.

Terminó la vía penal de este caso, al menos en la Audiencia Provincial de Litoral, ¿ Se puede volver a reabrir la vía administrativa para sancionar a la Firma Comercial Santy?.

Sorprendentemente, este martes, según ha publicado la televisión pública, el Ministerio de Comercio, Pequeñas y Medianas Empresas ha sancionado la Orden Ministerial nº 3/2022 de fecha 28 de junio, por la que el Gobierno de la República de Guinea Ecuatorial adopta ciertas medidas administrativas contra la empresa Comercial Santy.

Según rezan algunos de los fragmentos de esta Orden, «queda totalmente prohibida a la Sociedad Comercial Santy las importaciones, suministros y venta de cualquier tipo de producto alimenticio en nuestro país ya sean productos frescos, transformados, congelados o enlatados. Se le prohíbe asímismo la importación, venta de productos farmacéuticos y parafarmacéuticos en la República de Guinea Ecuatorial.

En el mismo documento se indica que “quedan totalmente canceladas las autorizaciones y licencias que le permitían la actividad descrita» anteriormente.

El ejecutivo estima que Comercial Santy ha violado el artículo 20 letra b) de la Ley por el que se regulan los servicios veterinarios en la República de Guinea Ecuatorial, el cual prohíbe la venta de artículos alimenticios caducados.

El texto recuerda que los artículos 94 y 95 de la misma ley establecen como faltas muy graves todos aquellos actos o procedimientos que pongan en amenaza o riesgo manifiesto la salud pública o el medio ambiente o que indica en el resultado de muerte de las personas o animales.

El Ministerio de Comercio por su parte sanciona así administrativamente a la empresa Comercial Santy tras la Sentencia de la Audiencia Provincial de Litoral por haber manipulado fraudulentamente las fechas de caducidad de los productos alimenticios y constata que ha sido una práctica habitual en la firma.

Se faculta a la Dirección General de Supervisión de Actividades Comerciales y Precios y a los Servicios de Inspección General del Ministerio de Comercio velar por el exacto cumplimiento de lo establecido en esta Orden Ministerial.

Con esta decisión, la firma Comercial Santy debería cerrar de inmediato una vez más sus almacenes para acatar las órdenes del Gobierno ecuatoguineano, sólo unos días después de abrir de nuevo sus almacenes

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