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Corte de Apelaciones mantiene el bloqueo a la orden de Trump sobre ciudadanía por nacimiento

El fallo impide que la medida entre en vigor y refuerza la protección del derecho constitucional de ciudadanía por nacimiento.

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Una Corte de Apelaciones decidió este miércoles 19 de febrero, que el expresidente Donald Trump no tiene autoridad para revocar la ciudadanía por nacimiento mediante una orden ejecutiva, manteniendo así la suspensión impuesta por un juez federal en Seattle. Esta decisión refuerza la protección del derecho constitucional de ciudadanía por nacimiento y abre la posibilidad de que el caso llegue a la Corte Suprema.

El fallo del Noveno Circuito de Apelaciones rechazó la solicitud del Departamento de Justicia para eliminar la suspensión, argumentando que el Gobierno no presentó pruebas suficientes que demostraran la validez de su apelación. La jueza Danielle Forrest, una de las tres magistradas que revisaron el caso, explicó que la paralización de una política presidencial no constituye, por sí misma, una emergencia legal.

El juez federal John C. Coughenour fue quien, el pasado 6 de febrero, puso en pausa la entrada en vigor de la orden de Trump para permitir un análisis más profundo de su legalidad. En su decisión preliminar, adelantó que la medida era “descaradamente inconstitucional” y que cualquier cambio en el derecho a la ciudadanía por nacimiento debía realizarse mediante una enmienda constitucional y no por decreto presidencial.

El derecho a la ciudadanía por nacimiento está protegido por la Enmienda 14 de la Constitución de Estados Unidos, que establece que toda persona nacida en el país adquiere automáticamente la nacionalidad, sin importar el estatus migratorio de sus padres. Estados Unidos es uno de los 30 países que reconocen este principio bajo la doctrina del jus soli o “derecho de suelo”, aplicado ampliamente en América, incluyendo Canadá y México.

La orden ejecutiva de Trump buscaba restringir este derecho, argumentando que los hijos de personas indocumentadas o extranjeras en Estados Unidos no están sujetos a la jurisdicción del país y, por lo tanto, no deberían recibir la ciudadanía automáticamente. Sin embargo, los estados demandantes y grupos de derechos civiles han defendido que esta medida es contraria a la Constitución y que su implementación podría afectar a miles de personas nacidas en el país.

Con la decisión del Noveno Circuito, el bloqueo a la orden ejecutiva se mantiene vigente, asegurando que la ciudadanía por nacimiento continúe protegida. Ahora, el Gobierno tiene la opción de recurrir el caso ante la Corte Suprema en busca de una revisión de emergencia.

Marisa Pilar Oyana BAKALE OKOMO
Marisa Pilar Oyana BAKALE OKOMO
Periodista y Redactora en la Revista Real Equatorial Guinea

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