Como ya lo hiciera antes el Ministerio de Educación, Enseñanza Universitaria y Deportes de Guinea Ecuatorial, mediante Orden Orden Ministerial número 1/2021, de fecha 14 de febrero, este viernes este mismo Departamento ministerial ha vuelto a publicar otra Orden Ministerial para suspender temporalmente, una vez más, todas las clases presenciales en los centros educativos de todos los niveles de enseñanza, tanto públicos o privados, ubicados en las ciudades de Malabo y Bata durante 14 días, es decir, hasta el 14 de marzo 2021.
El contenido de esta Orden Ministerial firmada por el Primer Viceprimer Ministro y Ministro de Educación, Enseñanza Universitaria y Deportes, Clemente Engonga Nguema Onguene, se reproduce a continuación:
«Visto el Artículo 3, inciso 1 del Decreto Nº 9/2021, de fecha 8 de febrero, por el que se instruye al Ministerio de Educación Enseñanza, Universitaria y Deportes que, cuando se detecte un caso positivo de la COVID-19, en un centro escolar se procederá a su cierre por dos semanas y la desinfección del centro en cuestión.
Teniendo en cuenta que los Centros Educativos de las ciudades de Malabo y Bata y sus barrios adyacentes concentran a estudiantes procedentes de los núcleos familiares donde podrían contagiarse y propagar el contagio en el centro donde asiste, convirtiendo así dicho centro o lugar en foco activo de transmisión de la pandemia de la COVID-19.
Teniendo en cuenta asimismo que alrededor del 70% de la población estudiantil de nuestro país se concentra en las ciudades de Malabo y Bata.
Visto que la fecha de expiración de la suspensión temporal de las clases presenciales durante 14 días, en los centros educativos públicos y privados ubicados en las ciudades de Bata y Malabo, vence el próximo domingo día 28 de febrero actual.
Visto y oído los últimos informes publicados por el Comité Técnico de Vigilancia y Respuesta al COVID-19 en Guinea Ecuatorial, que revelan el aumento diario de casos positivos de la COVID-19, en las ciudades de Malabo y Bata, en su virtud:
DISPONGO:
Artículo Único
Como medida de prevención y lucha contra la Pandemia de la COVID-19, se amplía en catorce (14) días más, la suspensión Temporal de las clases presenciales en los centros públicos y privados de los núcleos urbanos y barrios adyacentes de las ciudades de Malabo y Bata, a partir del lunes día 1º de marzo, hasta el día 14 del mismo, ambos inclusive; quedándose en observación la evolución de la Pandemia en el país así como la instrucciones del Comité Técnico de Vigilancia y Respuesta al COVID-19 en Guinea Ecuatorial.
DISPOSICION DEROGATORIA
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango que se oponga a la presente Orden Ministerial.
DISPOSICION FINAL
La presente Orden Ministerial entra en vigor a partir de su firma y publicación por los Medios Informativos Nacionales.
Dada en Bata, a 26 días del mes de febrero del año dos mil veintiuno».