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Las monedas de euro que se retiran de la circulación a partir del 1 de julio

El BOE dará salida tanto a las monedas de euro no aptas para la circulación, como a las monedas de euro falsas puestas a disposición del Tesoro.

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La Orden ETD/647/2023, de 14 de junio, publicada por el Boletín Oficial del Estado (BOE) e impulsada por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, recoge las monedas de euro que se destruirán a partir del próximo sábado 1 de julio.

De este modo, el BOE dará salida tanto a las monedas de euro no aptas para la circulación, como a las monedas de euro falsas puestas a disposición del Tesoro por parte del Banco de España. El Banco de España recibirá las monedas que “tras un proceso de autentificación se consideren presuntamente falsas”. Un proceso que realizarán tanto las entidades de crédito, como “cualesquiera otras entidades que participen en la manipulación y entrega al público de billetes y monedas a título profesional”.

La propia normativa reconoce en el texto que, desde años atrás,se ha ido acumulando un “importante” volumen de monedas de euro falsas en el organismo, y calificaron de “necesaria” regular la destrucción de las mismas. “Esta circunstancia (…) aconseja una revisión integral de la misma que la adecúe a las circunstancias actuales”, incide el BOE.

Asimismo, la orden entiende como monedas de euro falsas todas aquellos objetos falsos que tengan la apariencia de monedas en euros, fabricadas y/o alteradas fraudulentamente y que son consideradas como tales por el Banco de España. En el caso de la retirada de monedas no aptas de circulación, se trata de aquellas monedas auténticas pero que no superaron el proceso de verificación.

Será el Banco de España quien entregue a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), en las fechas, lugares, forma y cuantía, los ejemplares falsos o que no superaron el proceso de verificación, tal y como estipula el artículo 4 de la Orden. Posteriormente, será la propia Fábrica la que se encargue de la destrucción de las monedas, según lo previsto en el artículo octavo, párrafo tercero de la Ley 10/1975, de 12 de marzo.

El importe de los gastos, reintegrado por la Dirección General del Tesoro

Según estipula el artículo octavo, párrafo segundo de la Ley 10/1975, de 12 de marzo, sobre Regulación de la Moneda Metálica, el importe de los gastos derivados de las operaciones de desmonetización o destrucción realizadas por la Fábrica serán reintegrados por la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.

Si ir más lejos, según los datos ofrecidos por el Banco de España, el año pasado fueron falsificadas un total de 23.838 monedas por un valor de 47.676 euros. Desde 2016, el número de monedas falsificadas asciende a 238.733 monedas de dos euros. La cifra de monedas falsificadas de un euro y de cincuenta céntimos es de 7.586 y 6.334, respectivamente.